El perdón provisional I-601A permite pedir, desde Estados Unidos, el perdón del castigo por haber vivido aquí sin estatus legal, antes de salir a su entrevista de visa en el consulado. Así, usted sale del país sabiendo que ese castigo ya está perdonado, en lugar de enterarse en el consulado y quedarse esperando afuera. Es una de las herramientas más importantes para familias donde una persona entró sin papeles y tiene un esposo, esposa, padre o madre ciudadano o residente.
La ley castiga a las personas que vivieron en Estados Unidos sin estatus legal y después salen del país. El tiempo sin estatus se llama “presencia ilegal”, es decir, el tiempo que usted estuvo aquí sin permiso de inmigración.
El castigo se activa al salir. Por eso es tan importante para quien está aquí y necesita ir al consulado para terminar su trámite de residencia. El tiempo antes de cumplir 18 años no cuenta, y tampoco cuenta el tiempo con una solicitud de asilo pendiente, salvo que la persona haya trabajado sin permiso.
Usted puede pedir el perdón provisional si cumple con todo esto:
Los hijos ciudadanos no son familiares calificados para este perdón. Por ejemplo, digamos que usted tiene dos hijos nacidos aquí, pero su esposo no tiene estatus y sus padres viven en México sin estatus en Estados Unidos. En ese caso, sus hijos no le dan derecho al perdón, aunque el efecto en ellos sí puede contarse como parte de la dificultad de un familiar calificado, si usted tiene uno.
Es el centro del caso. Hay que demostrar que su esposo, esposa, padre o madre ciudadano o residente sufriría mucho más de lo normal si usted no pudiera volver, tanto si se queda aquí sin usted como si se va con usted a su país.
Las cortes de inmigración han dicho que separarse de la familia o perder ingresos, por sí solos, normalmente no bastan. Se miran todos los factores juntos, por ejemplo:
Un buen caso no es una lista de problemas, sino una historia clara y documentada de cómo esa familia en particular resultaría afectada.
El I-601A perdona solo los castigos de 3 y 10 años por presencia ilegal. No perdona nada más, y no le da ningún estatus mientras espera.
El riesgo más serio es que el consulado encuentre, en la entrevista, otro problema que el perdón provisional no cubre. En ese caso, la visa se niega y el perdón aprobado se cancela automáticamente, y usted ya está fuera del país. Es una situación seria, pero todavía hay opciones: en algunos casos se puede pedir otro tipo de perdón desde el extranjero, con el formulario I-601. Por eso, antes de pedir el perdón provisional, hay que revisar todo su historial migratorio y penal, no solo el tiempo sin estatus.
Si USCIS niega el perdón provisional, no hay apelación. Pero usted puede volver a presentarlo con más pruebas, si todavía califica. Y mientras no salga del país, el castigo no se activa.
Otro riesgo: si mientras espera usted sale del país y vuelve a entrar sin inspección, el perdón se cancela y puede caer en el castigo permanente.
Salir del país para una entrevista es una decisión grande, y hacerlo con el perdón en la mano cambia todo. Estamos para ayudarle. Agende una consulta en Gainesville o Athens y revisamos juntos si el perdón provisional es el paso correcto para su familia.
Todavía no. Primero la petición debe estar aprobada y usted debe haber pagado la tarifa de visa de inmigrante al Departamento de Estado. Mientras tanto, sí puede empezar a reunir las pruebas de dificultad extrema, que suelen tomar tiempo.
El I-601A se pide desde Estados Unidos, antes de salir, y solo cubre los castigos de 3 y 10 años por presencia ilegal. El I-601 se pide normalmente después de la entrevista en el consulado, desde el extranjero, y puede cubrir otros motivos, como ciertos delitos o fraude, según el caso.
No de inmediato. Usted viaja cuando el consulado le da la cita de entrevista. Mientras tanto, sigue viviendo aquí como hasta ahora; el perdón aprobado no le da estatus ni permiso de trabajo.
Sigue siendo su familiar calificado, porque el perdón acepta a esposos residentes o ciudadanos. Pero el cambio puede mover su caso a la categoría de familiar inmediato, sin fila de espera, y eso puede adelantar el trámite. Conviene revisarlo cuando ocurra.






¡Hola! Soy la abogada Giovanna Andrea Holden. Me dedico a ayudar a nuestra comunidad hispana a adquirir o proteger su estatus legal.
Nací en Colombia e inmigré a los Estados Unidos a los 19 años junto con mis padres y mis hermanos. Afortunadamente, mi abuelo materno se convirtió en ciudadano estadounidense y pudo solicitarnos. Aunque el tiempo de espera fue largo, logré llegar a los Estados Unidos antes de que ya no pudiera calificar para la residencia debido a mi edad.
Como muchos hijos de inmigrantes, siempre he tenido presente el sacrificio que hicieron mis padres al venir a un país nuevo para brindarnos una vida mejor y con más oportunidades. Por eso, decidí esforzarme durante mis estudios para convertirme en abogada. Realicé mis estudios universitarios en la Universidad de Brenau en Gainesville, Georgia.

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