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Pregunta común: Mi hija es ciudadana americana y va a cumplir 21 años, ¿ella me puede pedir?

Depende. Si usted está en los Estados Unidos ilegalmente, para arreglar la residencia a través de su hija de 21 años, usted debe de caer en una de las siguientes categorías:


- Haber entrado legalmente (visa de turista, permiso de viaje, parole, etc)


- Haber sido beneficiaria de una petición sometida antes del 30 de abril del 2001


- Estar casada con un ciudadano americano o residente permanente


- Tener un padre o madre ciudadano americano o residente permanente


Si usted no cae bajo una de estas categorías, no puede arreglar su residencia a través de su hija al no ser que pase 10 años fuera de los Estados Unidos primero.


Para arreglar la residencia a través de su hija, hay dos pasos:


El primero paso es que su hija someta una petición a inmigración a través de la Forma I-130 demostrándole a inmigración que usted es la madre o el padre de ella.


El segundo es una aplicación por su parte pidiendo la residencia.


Si usted entro legalmente o alguien aplico por usted antes del 30 de abril del 2001, puede hacer esa aplicación sin salir del país al mismo tiempo que somete el primer paso a través de la Forma I-485.


Si usted entro ilegalmente, tiene que aplicar para su residencia en el consulado de su país. Si ha vivido ilegalmente en los Estados Unidos más de un año, cuando salga del país a hacer el proceso de la residencia, va a estar castigada por 10 años. Hay un perdón disponible a través de un padre, madre, o esposo ciudadano americano o residente permanente. El perdón no está disponible a través de los hijos americanos. Si no tiene un familiar que le pueda hacer el perdón, tiene que cumplir con el castigo antes de conseguir la residencia.


El primer paso, que es la petición, puede ser aprobado así usted no califique para arreglar la residencia, ya que son dos cosas separadas.

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